domingo, 12 de julio de 2020

El derecho a la placenta

Los derechos de una mujer a recuperar su placenta después del parto con el fin de ocuparla como parte de su recuperación postparto, es inherente e irrenunciable; es decir, no existe ley que le prohíba hacer uso de los beneficios que ella crea tenga su tejido, es propietaria única de él. Así como, es libre de usarlos  métodos terapéuticos (tradicionales o no) que elija por voluntad; siempre y cuando, no afecten a terceros y no involucren técnicas aberrantes no propias de la salud físico-psico-emocional del círculo social al que pertenezca. Todo lo que pertenezca a su cuerpo y lo que de él emane, es de su total consideración personal; puede decidir sin la intervención de autoridad alguna ni persona allegada; de no ser así,  se tomará como una intervención inapropiada e invasión a su voluntad, y en algunos caso de alienación o abuso emocional  ante una persona que se encuentra en estado vulnerable y solo pide se haga valer su derecho a una recuperación tranquila y en su propia persona (consideraciones legales existentes). 



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